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Diana Patricia, una mujer de 29 años proveniente del sur de Veracruz, sufrió un aborto espontáneo en un centro comercial de Outla, después de seis meses de gestación. Atemorizada y sin saber cómo reaccionar ante la situación, optó por salir y dejar el producto en el baño del lugar. ¿Cuáles fueron las consecuencias de un embarazo de alto riesgo? 4 meses en prisión, por el cargo de “homicidio doloso en razón de parentesco”.

Hasta el pasado 7 de septiembre abortar en México era considerado un delito, sin importar si este fue inducido, espontáneo o un parto fortuito. No obstante, existen aproximadamente 200 mujeres sentenciadas por delitos relacionados con el aborto o parto fortuito. Sin embargo, se encuentran cumpliendo condenas distintas, debido que sus casos han sido tipificados como diferentes delitos: homicidio, infanticidio, homicidio en razón del parentesco o relación, entre otros.

Las mujeres y personas gestantes criminalizadas por estos delitos

A lo largo de este año, se han abierto 432 investigaciones en todo México por casos tipificados como delito de aborto, de acuerdo con Fabiola Alanís titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Sin embargo, casos como el de Diana permiten evidenciar la problemática dentro de nuestro sistema de justicia, así como la falta de perspectiva de género en el mismo.

“Las penas de prisión son mayores, no queda registrado como aborto y el pleito legal para defenderse será diferente” – Martha Tangle, activista feminista.

¿Cuáles son las penas privativas de la libertad?

Las mujeres criminalizadas por el delito de aborto enfrentan diversas sanciones, ya que no todos los casos son juzgados bajo el mismo delito. Por el delito de aborto las penas van desde los 15 días hasta los 6 años privadas de libertad; multas las cuales pueden ir desde 20 a 300 Unidades de Medida y Actualización; trabajo en favor de la comunidad y diferentes formas de tratamiento médico o psicológico. En cambio, las sanciones por criminalización de delitos como infanticidio van desde 8 hasta 20 años en prisión; o en caso de ser imputadas por el delito de homicidio sus condenas pueden llegar a ser hasta de 60 años en prisión.

Ahora imaginemos pasar 18 años en prisión por “no actuar como buena madre”, según el estado, cuando ni siquiera sabías que estabas embarazada. Tal es el caso de Melina, quien fue privada de libertad por homicidio en razón de parentesco, al sufrir un parto fortuito en la letrina de su casa.

Por Melina, Diana, Salustia, Miriam, Marina y todas las mujeres que han sido privadas de su libertad de manera injusta, bajo procedimientos sin una perspectiva de género. Donde las mujeres son sentenciadas por un Estado machista inmerso en prejuicios hacia el cuerpo de las mujeres, y sobre todo hacia su derecho de salud, salud reproductiva y de decidir sobre sí mismas.

¿Qué efectos tiene la criminalización del aborto en las mujeres?

Interrumpir el embarazo implica un desgaste físico y psicológico en las mujeres, pues en cualquiera de los procedimientos, a través de los cuales se realiza dicha interrupción (sea de manera legal o clandestina), el cuerpo y organismo de la mujer se ven alterados.

Mientras que el desgaste psicológico se presenta desde el primer momento en que dudan seguir con su embarazo, ya que deben enfrentarse a los prejuicios y estigmas discriminatorios impuestos sobre las mujeres, acerca de la maternidad, como si el hecho de “ser madres” fuera obligación para las mujeres.

Los estigmas y tabúes que existen en torno a la interrupción del embarazo, en cualquiera de sus vertientes, son una de las principales razones por las cuales no todas las mujeres y personas gestantes tienen acceso servicios de aborto legal, seguro y gratuito. Atentando, de esta manera, contra el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos; el derecho a la autonomía, a una vida libre de violencia, entre otros.

La sociedad bajo ideas misóginas, prejuicios y estereotipos discriminatorios, atribuye connotaciones negativas a todo lo relacionado con el aborto. Estas connotaciones son ejercidas a través de comportamientos o comentarios como: “Las mujeres abortan por irresponsables, mejor que cierren las piernas”, “Si legalizan el aborto, todas van a querer hacerlo”, “las mujeres que abortan y quienes participan en esas cosas son asesinos”; donde culpabilizan y criminalizan a las mujeres y personas participantes en el proceso de aborto, sin siquiera considerar los contextos sociales, económicos o culturales.

Las mujeres recurren al aborto por diversas causas como: falta de acceso a educación sexual, ser víctimas de violencia sexual, dificultades para acceder a métodos anticonceptivos, así como las fallas propias de estos mismos; la falta de acceso a servicios de salud dignos y adecuados; o por el hecho que las mujeres no desean ser madres.

Las causales de aborto permitidas en los códigos penales, y al parecer admitidas socialmente, son violación, peligro de muerte, alteraciones genéticas o congénitas graves en el producto, inseminación artificial no consentida. Sin embargo, considerar estas causales como las únicas para “permitir” el aborto es obstaculizar la capacidad de decidir sobre sus propios cuerpos, reforzando un discurso de violencia contra la mujer, donde sólo si te sucedió un acto de esa magnitud, tienes derecho a decidir sobre tu cuerpo.

Legalizar el aborto busca asegurar y resguardad la seguridad de las mujeres y personas gestantes. La legalización del aborto debe dejar de ser un tema de discusión, pues las mujeres deben ejercer su derecho a decidir sobre sus propios cuerpos; no estar a la expectativa de opiniones externas. Porque legal o no, los abortos y las muertes seguirán ocurriendo, solo que de manera clandestina.

Yessica Torres, prestadora de servicio social en el área de Comunicación de ASILEGAL.

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