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29 de junio de 2020

El Pride no está completo sin las personas LGBTTTI privadas de libertad

Mientras el mundo se enfoca en la construcción de una nueva normalidad con una emergencia sanitaria latente, cerramos el mes más colorido del año.

El pasado fin de semana fuimos testigos una vez más como en nuestro país, es cada vez es más visible que todas y todos nos demos licencia o nos tomemos la libertad de enunciar los colores del arcoíris en nuestras stories de Instagram y pongamos marcos con #Pride o #LoveIsLove en nuestras fotos de perfil en las redes sociales; es un hecho de la apertura que existen a estos temas. Y, a pesar de que aún cueste mucho conocer y entender toda la gama cromática que compone la diversidad sexo-género, debemos reconocer que la lucha por normalizar el pride, al menos, tiene ganada la batalla por la visibilización.

Las personas que pertenecemos a esta comunidad, sin embargo, no podemos ni debemos quedarnos en el marco de esta celebración cuando sabemos que, internamente, se continúan sosteniendo estructuras que reproducen estigmas y estereotipos que van más allá de la misma génesis del movimiento LGBTTTI. Hablo del tipo de estructuras que se originan en la conformación misma de las sociedades y del Estado, mismas que suponen un marco limitado donde sólo existe el bien y el mal, y no caben escenarios complejos de vulneración y desigualdad.

Cuando la discriminación por ser LGBTTTI confluye con el estigma de caer en conflicto con la ley penal, se llega al nivel máximo de abandono y exclusión social.

El vender productos pride, pintarnos de colores u organizar foros contra la desigualdad y la discriminación, no materializa los derechos que, día con día, son negados a sectores de la sociedad doblemente marginados, doblemente estigmatizados, doblemente señalados: las personas de la comunidad LGBTTTI privadas de libertad en México continúan siendo segregadas y violentadas como hace 100 años; a ellos nunca llega la fiesta del pride.

¿Cómo les impacta particularmente la prisión? ¿qué legislación o legislaciones cobijan sus derechos? ¿cuántas personas de esta comunidad se encuentran en conflicto con la ley penal? ¿cuántas personas activistas u organizaciones sociales LGBTTTI luchan por sus derechos?  Son preguntas que nadie se plantea. Esta es la lucha que no solo falta por ganar, sino por pelear: visibilizar las violaciones a derechos humanos que vive esta población al interior de las prisiones y que comienza con la falta de capacitación y sensibilización en temas de género, inclusión y derechos humanos dentro de todo el aparato de justicia y penitenciarios.

¿En qué época de la humanidad la esperanza de vida del ser humano fue de 35 años?

La emergencia que enfrenta la comunidad trans, en particular, es mucho más alarmante, pues el nivel de transgresión a la “normalidad” que significa asumir su identidad ante el mundo, desafía de tal manera el pacto social del sistema binario heteronormado, que los crímenes de odio y violencia de los que son víctimas hace que su esperanza de vida en México sea de apenas 35 años. ¿En qué época de la humanidad la esperanza de vida del ser humano fue de 35 años? Ese es el nivel de odio que enfrentan.

Si en la capital del país las autoridades apenas comenzaron a reconocer la existencia de las personas trans en 2015 con la modificación al Código Civil para que cualquiera pudiera cambiar su nombre o identidad sexual de forma sencilla[1], sería ingenuo pensar que en los sistemas penitenciarios de todo el país fueran garantizados sus derechos humanos a cabalidad.

Este atraso en políticas de atención con enfoque interseccional, que identifiquen sus necesidades particulares y que a su vez coadyuven en el análisis sociológico para comprender cómo y por qué entran en conflicto con la ley penal, no es más que un reflejo de la homofobia y transfobia que continua latente en nuestras instituciones. Sabemos hasta el cansancio que la discriminación y la violencia contra las personas trans y, en general contra toda la comunidad LGBTTTTI, se reproduce en todas las esferas sociales. Sin embargo, nadie habla de cómo en el contexto de la privación de libertad se recrudece, porque a nadie le importan las personas privadas de libertad.

“Corregir”, “castigar” o “disciplinar”

Si en nuestra sociedad resulta legítimo condenar el desprecio y resentimiento social a cualquier hombre heterosexual que cae en prisión, juzgarle desde nuestro privilegio y señalarlo como “delincuente” o “criminal”, sin saber exactamente las causas del delito, si se efectuó una detención legal, si se respetó la presunción de inocencia o tan siquiera el debido proceso, y lo estigmatizamos para no merecer ningún derecho humano; con las personas de la comunidad LGBTTTI que caen en prisión, no dudamos que sean merecedoras de castigo, pues aún permea la idea inconsciente de que son culpables desde que decidieron transgredir este pacto social del sistema binario heteronormado.

El doble estigma de ser una persona LGBTTTI en prisión se materializa cuando las mujeres lesbianas son víctimas recurrentes de aislamientos y señalamientos que no les permiten ejercer sus derechos con libertad, y más aún cuando establecen una relación sentimental dentro de la cárcel. En ASILEGAL hemos acompañado casos de mujeres privadas de libertad que viven traslados involuntarios debido a que sus “conductas lésbicas” alteran el orden en los centros penitenciarios. De nueva cuenta, no seguir las normas socialmente establecidas para el actuar de una mujer, cobra doble factura al asumirse lesbianas: sus familias las abandonan, el Estado las segrega.

Si con el grueso de la población penitenciaria se ha avanzado poco en la implementación del modelo de la reinserción social que plantea dejar atrás los criterios punitivos que trataban a las personas en conflicto con la ley penal como enfermas a las que había que curar o regenerar; con las personas de la comunidad LGBTTTI, es nula la implementación del enfoque de derechos humanos que plantea este nuevo paradigma. Hoy por hoy, continuamos viendo jueces, personal de custodia, defensores, ministerios públicos y demás operadores de justicia que actúan de manera prejuiciosa, discriminando y violentando, para “corregir”, “castigar” o “disciplinar” sus conductas “anormales”, cobijados en el pretexto de continuar aplicando esa mirada readaptativa penitenciaria que no se ha logrado dejar atrás, de nueva cuenta por falta de capacitación, sensibilización e interés de las altas esferas gubernamentales.

Si desde la misma sociedad civil aún no logramos entender la necesidad de desestigmatizar a las personas privadas de libertad, nunca tendremos gobiernos que garanticen la reinserción social.

Desde estas mismas cúpulas de poder, las personas de la comunidad LGBTTTI privadas de libertad no importan y ni existen, pues a la fecha nadie ha hecho algo por saber información esencial: dónde están recluidas, cuántas son, cómo viven o qué necesidades específicas tienen. Al día de hoy, no se cuentan con mecanismos que ayuden a identificarles con el objetivo de implementar un enfoque diferenciado y transversal de derechos humanos que garantice su adecuada reinserción social.

A pesar de que organismos internacionales obliguen al Estado mexicano a garantizar sus derechos o que existan mecanismos nacionales que señalen las condiciones penitenciarias como el Diagnostico Nacional de Supervisión Penitenciaria, este mismo en 2019 calificó muy por debajo del promedio en el rubro de “Atención a grupos de internos con requerimientos específicos”[2]. Por tanto, con respecto a la atención que se le da a las personas internas homosexuales que denuncian situaciones que ponen en grave riesgo su seguridad e integridad; la población LGBTTTI privada de libertad continúa siendo invisible.

Aunque nos cueste admitirlo, dentro de la misma comunidad LGBTTTI se reproducen los mismos estereotipos y prejuicios que se combaten; al interior de estas mismas filas que izan las banderas más progresistas, también se señala y se estigmatiza a las personas privadas de libertad. La solidaridad o empatía hacia las personas LGBTTTI en prisión se limita a los contextos cercanos y redes de apoyo, si es que las hay.

Si desde la misma sociedad civil aún no logramos entender la necesidad de desestigmatizar a las personas privadas de libertad, nunca tendremos gobiernos que garanticen la reinserción social.

Después de años de lucha con los que la comunidad LGBTTTI ha logrado visibilizar el pride y poner en la mesa política la urgencia de garantizar sus derechos, se debe aprovechar ese mismo reclamo para solidarizarse e integrar en esta lucha la agenda que compete a las violaciones a derechos humanos de la población LGBTTTI privada de libertad, lucha que han encabezado enormemente organizaciones como Almas cautivas, Musas de Metal, Casa de las Muñecas, por mencionar sólo algunas.
Como sociedad y comunidad realmente avanzaremos cuando reconozcamos que las personas privadas de libertad son sujetas de derechos y que en un país como México, todos los días hay alguien que es detenido de manera arbitraria y termina con un delito fabricado; alguien que no accedió a una defensa jurídica adecuada porque no pudo pagarla; una persona indígena que no entiendo nada de su proceso penal porque no hablaba español; una mujer sentenciada por homicidio cuando sufrió un aborto espontáneo; o una persona trans que toda su vida fue discriminada, violentada, orillada a ejercer a la prostitución y finalmente terminó en prisión, en el mejor de los casos. Mientras no veamos más allá de nuestro privilegio y nos esforcemos por empatizar con las realidades de las personas en situación de vulnerabilidad, la batalla por el respeto a los derechos humanos de las personas de la comunidad LGBTTTI en prisión, continuará sin ser peleada.

Dejemos de bailar un #pride clasista, normado y, ahora, ya socialmente aceptado. La disrupción característica del movimiento LGBTTTI de exigir derechos debe incluir a la población privada de libertad.

[1] La posibilidad existía desde 2008, sin embargo, para lograrlo era necesario un procedimiento judicial desgastante que resultaba caro y revictimizante. A partir de 2015, es un trámite sencillo que se realiza en unas cuantas horas en cualquier Registro Civil.

[2] Los grupos de personas internas con requerimientos específicos contempla a mujeres, personas indígenas, personas con discapacidad, internos con adicciones, con VIH/SIDA y adultos mayores. 

Miguel Hernández, Coordinador de Comunicación en ASILEGAL. Comunicólogo por la UAM con cinco años de experiencia en organizaciones de la sociedad civil, campañas de incidencia social y proyectos comunitarios. miguel@asilegal.org.mx

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