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#AsiLegalEscribe

¿Por qué dar un tratamiento diferenciado sobre la violencia sexual?

Amara García Pensamiento

Licenciada en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) con especialidad en Derechos Humanos en el posgrado de la misma institución.

Coordinadora del Área de Género y LGBTTTI de AsiLEGAL

amara@asilegal.org.mx

Éste 25 de noviembre se cumplieron 20 años de que Naciones Unidas declaró el Día internacional de la no violencia contra las mujeres, al igual de que del Día naranja que simboliza la lucha contra actos de violencia sexual contra mujeres y niñas.
Hablar del contexto de violencia contra las mujeres y, en específico, de la violencia sexual es importante en razón de las circunstancias y modalidades actuales en las que se comete y perpetua este tipo de violencia.

A nivel mundial, el 35% de las mujeres han sido víctimas de violencia física y/o sexual por parte de su pareja o de violencia sexual por parte de otras personas; a su vez, de todas las mujeres en el mundo que han mantenido una relación de pareja, el 30% han sido víctimas de violencia conyugal de forma física y/o sexual. Una de cada 2 de mujeres asesinadas en 2017 fue asesinada por su compañero sentimental o un miembro de su familia. El 71% de las víctimas de la trata en todo el mundo son mujeres y niñas, y 3 de cada 4 de ellas son utilizadas para la explotación sexual.

El 66.1% de las mujeres a partir de los 15 años de edad, ha enfrentado algún tipo de violencia alguna vez, incluyendo violencia sexual.

En ese sentido, en México, el 66.1% de las mujeres a partir de los 15 años de edad, ha enfrentado algún tipo de violencia alguna vez, incluyendo violencia sexual. Por lo tanto, se puede advertir que la violencia sexual contra las mujeres no se limita a cuestiones geográficas, ideológicas, étnicas, nacionales o políticas; la violencia es posible dentro de todo tipo de contextos: individual, familiar, comunitario o social. Existe un contexto estructural y generalizado de violencia contra las mujeres como reflejo de relaciones entre los sexos que históricamente se han desarrollado de forma desigual, transgrediendo el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

Por ello es necesario que las políticas desde el Estado busquen contribuir a la erradicación de todo tipo de violencia contra las mujeres. Partiendo del análisis particular de las modalidades y circunstancias de las violencias desde un enfoque interseccional, y si bien, todas las mujeres, en todas partes del mundo, podemos sufrir violencia de género, algunas mujeres y niñas se pueden encontrar particularmente en situaciones de doble o triple discriminación en razón de su condiciones. Ejemplo de ellas son las niñas y las mujeres mayores, las mujeres que se identifican como lesbianas, bisexuales, trans o intersex, las migrantes y refugiadas, las privadas de su libertad, las de pueblos indígenas o minorías étnicas, o mujeres y niñas que viven con el VIH y discapacidades, y aquellas en crisis humanitarias.

A nivel regional, han identificado problemas en el acceso a la justicia de mujeres victimas de violencia de género.

A nivel regional, estudios realizados sobre las causas de la violencia de género, han identificado problemas en el acceso a la justicia de mujeres victimas de violencia de género, y es que aunque del 54% de mujeres violentadas que han acudido a espacios especializados en la atención de la violencia contra mujeres, éstas se dirigen con distintos fines como solicitar información, medidas de protección, lograr disuadir o detener el comportamiento violento de su pareja, conseguir apoyo legal o psicológico, y en menor medida, seguir el proceso legal para que su agresor sea sancionado.

En este sentido, registros administrativos dan cuenta de que aún cuando el registro de denuncias formales de mujeres van en aumento, sólo 1 de cada 10 presenta una denuncia formal, de ellas solo 2 continúa el proceso judicial, de las cuales únicamente una señala que existió sanción al agresor, ello debido a diferentes barreras institucionales y culturales que suelen entorpecer este tipo de causas.

Esto evidencia la negligencia en los aparatos de investigación, negligencia en el aparato de justicia, por una política institucional marcada por el uso de estereotipos de género que posibilita la violencia contra las mujeres y que no es capaz de reparar integralmente ante violaciones a Derechos Humanos.

Dichas cifras nos obligan a cuestionar la efectividad del sistema de justicia penal actual para dar tratamiento a este tipo de violencia, a partir de todos los actores involucrados, debido a la falta de acceso a la justicia y los estereotipos de género que imposibilitan un efectivo acceso al derecho a una vida libre de violencia de las mujeres. En el caso de México, a pesar de que el Estado mexicano es parte de diversos tratados internacionales y ha legislado a nivel interno para eliminar la discriminación y la violencia en la que vivimos las mujeres, lo cierto es que  de los 11 casos en los que actualmente la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha condenado al Estado mexicano, el 36% de ellos han tenido que ver con violencia de género y en especifico con violencia sexual. Esto evidencia la negligencia en los aparatos de investigación, negligencia en el aparato de justicia, por una política institucional marcada por el uso de estereotipos de género que posibilita la violencia contra las mujeres y que no es capaz de reparar integralmente ante violaciones a derechos humanos.

A pesar de que estamos caminando hacia procuradurías con la obligación de utilizar protocolos que visibilicen una situación de violencia de género, hacia una impartición de justicia con estándares para juzgar con perspectiva de género, no existe un acompañamiento integral con enfoque de género en los sistemas de justicia, sino meros esfuerzos aislados que no permiten acceder a ella de forma integral.

Ante la realidad actual es un deber caminar hacia un análisis bajo un enfoque especializado y diferenciado identificando entre otras cuestiones: las modalidades, expresiones y dinámicas de violencia contra las mujeres, así como un análisis desde la herramienta de la interseccionalidad que facilite ver a las personas —desde la pluralidad de grupos en situación de vulnerabilidad—, para que con un enfoque de género se parta de condiciones que efectivamente busquen la erradicación de la violencia de género, garantizando los derechos de las mujeres de acceso a la justicia y a una vida libre violencia.

Finalmente, mientras continuemos sin vislumbrar que a nivel estructural fue el contexto el que posibilitó la comisión de los hechos de violencia, cada dos horas y media nos seguirán matando. #NiUnaMenos #25N #CruzadaConNosotras 

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