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22 de octubre de 2020

  • El escenario que vive una persona privada de libertad y su familia al ser traslada sin previo aviso configura una desaparición forzada, mientras no se reestablezca el contacto.
  • Urge que el gobierno federal extienda la información sobre la estrategia para cerrar Ceferesos sin afectar la operatividad de otros centros penitenciarios y atentar contra los derechos humanos.

 

Desde el comienzo del sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador se han cerrado 3 de los Centros Federales de Reinserción Social (Ceferesos) más grandes del país: Islas Marías, Puente Grande,  y en días pasados el Sureste de Humanguillo.

Con ello, acorde a Alfonso Durazo, se han movido a 3 mil 524 personas privadas de libertad de los centros cerrados. Sin embargo, poco o nada se ha dicho sobre el paradero de estas personas, su estado actual, la garantía de sus derechos o si en verdad contribuyó el traslado a su reinserción social.

Si bien para enero 2020, de acuerdo con el Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional, había 17 mil 295 personas en centros federales y para agosto, 16 mil 719; esto no quiere señalar un descenso en el punitivismo y mejoras en los niveles de hacinamiento y sobrepoblación que aquejan el sistema penitenciario: en el plazo de diciembre 2019 a agosto 2020, la población privada de libertad ha incrementado en un 5.8%. Es decir, hay 12 mil 557 personas más en el sistema penitenciario, lo cual da pie a la posibilidad de que las personas que han sido trasladadas, por un lado, correspondan a un número mayor al mencionado por Durazo, pero a su vez, que ahora se encuentran compurgando sus sentencias en centros estatales.

El Estado no puede pasar por alto que las personas privadas de libertad son sujetas de derechos y que, al efectuar traslados masivos durante la madrugada, con total opacidad, la tortura y los tratos crueles e inhumanos se vuelven la regla. De esta forma, el escenario que vive una persona privada de libertad y sus familias al ser traslada sin previo aviso cumple con los elementos que constituyen una desaparición forzada1.

Cuando una persona privada de libertad es extraída de lugar de origen, de sus vínculos con el exterior y además llevada como si no se tratara de una persona con derechos a los fines políticos de una estrategia que no termina por esclarecerse, deben activarse las señales de alarma. Las personas privadas de libertad no son peones del plan económico que plantea esta administración que, según, pues es altamente dudosa la premisa, busca ahorrar dinero cerrando centros sin la implementación de medidas que garanticen el respeto a los derechos humanos de las personas trasladadas.

Los traslados masivos que afectan y agreden a las personas privadas de libertad, además, terminan por causar graves consecuencias en sus familiares también. Ellas y ellos, al no saber del paradero y estado de las personas, desde la desesperación, se ven obligadas a efectuar investigaciones y seguimientos con sus propios medios para poder volver a verles, si es que lo pueden costear. En los peores casos, como sería el de grupos en situación de vulnerabilidad como las personas pertenecientes a pueblos indígenas, podrían pasar semanas, meses o años sin conocer el paradero de su familiar, conflagrando así una desaparición forzada, sin importar que la víctima sea una persona bajo la tutela del Estado.

Por último y sin olvidar su importancia, por supuesto, estas acciones están sucediendo durante una pandemia global que ha cobrado más de 80 mil vidas en el país. Los riesgos sanitarios que se están asumiendo, a partir de la propia salud de todo el personal penitenciario y especialmente las personas trasladadas, podría causar rebrotes posiblemente más fuertes que los que hemos visto en los últimos seis meses y que hemos visibilizado a través del Mapa Penitenciario COVID-19. Todas las personas que, derivado de estas acciones opacas y arbitrarias, se contagien, enfermen de gravedad o mueran, caen completamente en la irresponsabilidad del Estado por procurar sus derechos.

Desde ASILEGAL somos conscientes que muchos de los centros que han sido cerrados tenían una cotidianidad de autogobierno y otros abusos graves y sistémicos a los derechos humanos. Por ello, no consideramos estos cierres, en sí, como una acción negativa, siempre y cuando esté enmarcada en una estrategia tendente a aplicar como regla, medidas no privativas de libertad; pues la cárcel, de acuerdo con recomendaciones internacionales, debe ser solo una medida excepcional.

Recordemos, no sirve de nada tener menos centros penitenciarios pero igual o mayor población privada de libertad. Este escenario abre paso a más violaciones a derechos humanos.

Por ello, el proceder y la transparencia del gobierno federal quedan aún sujetas a amplia crítica: exigimos mayor claridad de la intención y búsqueda detrás del cierre de los centros federales, pero más que nada, reclamamos saber el destino de todas las personas que han sido trasladas por la implementación de esta estrategia. Urge que las familias de todas las personas privadas de libertad tengan certeza sobre el paradero de sus seres queridos.

 

ATENTAMENTE

Asistencia Legal por los Derechos Humanos AC ASILEGAL

1La Corte ha definido a las desapariciones forzadas como «La privación de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes.»

Para más información contactar a:
Miguel Hernández, Coordinador de Comunicación de ASILEGAL
miguel@asilegal.org.mx
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